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Algunos datos curiosos 

Introducción


Con las monedas digitales se pueden realizar compras a través de los distintos medios web.(Barroilhet, 2019) Las millas y las monedas digitales son similares ya que  no son intercambiables por dinero pero sí se puede Intercambiar por productos tangibles. 

Para realizar las compras en internet solo es cuestión de 10 minutos que confirmen la transferencia. (Moreno, 2021) Esto ayuda al mercado ya que hoy en día las transferencias se necesitan en el menor tiempo posible. 


  • Una moneda virtual es un tipo de dinero digital no regulado, que es emitido y generalmente controlado por sus desarrolladores, y utilizado y aceptado entre los miembros de una comunidad virtual específica. (Navarro, 2019) Las criptomonedas o bitcoin nacieron en 2008-2009 debido a la crisis económica. (Collective, A. ,2020). Las criptomonedas y las monedas virtuales en general han cogido fuerza en los últimos años debido a que los gobiernos desean restringir la circulación de efectivo en las economías debido a que el efectivo permite pagos anónimos. (Collective, A. ,2020). Bitcoin es la primera moneda digital que promete proveer la conveniencia de los pagos digitales manteniendo el anonimato.(Collective, A. ,2020). Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente me parece que las monedas digitales uno de sus beneficios es que no permite el anonimato lo que ayuda a resolver crímenes por lo tanto las bitcoins al ser anónimas no estarías aportando esta ventaja tan importante según mi punto de vista.


  • Las primeras noticias que se conocieron del bitcoin, lamentablemente relacionaban a la moneda digital como el sistema de pago predeterminado en la Dark Web, especialmente en la plataforma Silk Road, donde se comercializaban principalmente estupefacientes de forma clandestina tomando ventaja de la “anonimidad” ofrecida por estas páginas web establecidas en las redes globales privadas (Tolj, 2018 pp  38-39). Las DLT o tecnologías de registro distribuido, principales mediadoras en el uso de monedas digitales en el ciberespacio, garantizan la seguridad del uso de las monedas digitales, velando que estas no sean duplicadas o se produzca un efecto de “inflación” en las mismas. (Barroijlet, 2022 pp 126-127) Es para mí impresionante el hecho de que a pesar de ser medianamente reciente, el fenómeno de las monedas digitales este tan bien regulado y ofrezca una mayor seguridad económica a sus usuarios mediante las DLT, aunque esto mismo puede prestarse para que la clandestinidad encuentre brechas en el espacio y se facilitan transacciones ilícitas. Erick Romero

  • No todas las criptomonedas pueden ser consideradas parte de un sistema monetario, debe cumplir una serie de condiciones para poder ser denominadas de esta manera (Pastor, E. 2021). 1. Es un sistema descentralizado que no necesita una autoridad central para su control, que se basa en un consenso distribuido de manera global entre todos sus usuarios.  2. Es el propio sistema el que mantiene las unidades junto con sus propietarios. 3. Es un sistema que gestiona mediante protocolos específicos la emisión de nuevas monedas, determinando las circunstancias para ello. 4. La propiedad de cada moneda se asegura de manera criptográfica. 5.El sistema permite transferir las monedas entre los distintos propietarios, pero solamente cuando se pueda comprobar que la transacción es efectuada por el verdadero propietario. 6.Esto se consigue mediante la firma digital y una serie de claves públicas y privadas (Pastor, E. 2021). Todas las criptomonedas deberían de cumplir estos aspectos para lograr su óptimo funcionamiento y lograr finalidad, cabe resaltar que estas condiciones pueden variar según la finalidad y funcionamiento de una nueva moneda digital pero sin perder su esencia. Por último todas estos aspectos también están diseñados para que el usuario tenga confianza al adquirir alguna criptomoneda. Juan Rodriguez.


Referencias:
  • Barroilhet, A. (2022). Criptomonedas y blockchain en la adolescencia. Revista de Derecho. Publicación Arbitrada de La Universidad Católica Del Uruguay

  • Collective, A. (Ed.). (2020). Bitcoin Anonymous?: Of Trust in Code and Paper. In Book of Anonymity (pp. 433–446). Punctum Books. https://doi.org/10.2307/j.ctv1jf2c5t.30

  • Navarro Cardoso, F. C. (2019). Criptomonedas (en especial, bitcóin) y blanqueo de dinero. Revista electrónica de ciencia penal y criminología.

  • Tolj, J. (2018) Bitcoin, ¿Qué? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Por qué?. Rama Editorial.

  • Pastor, E (2021). El dinero y su origen, métodos de pago y la aparición de las criptomonedas. 

  • Torres JM., (2019). Criptomonedas. Que son como utilizarlas y porque van a cambiar el mundo. Barcelona: Planeta, pág. 23. (LAURA VANEGAS)

  • Barroilhet Diez, A. (2019). Criptomonedas, economía y derecho. Revista Chilena de Derecho y Economia. 8(1) 29-67.  (LAURA VANEGAS)




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